Zavaleta Rodríguez, Roger E.2018-04-102018-04-102012http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/13108/13719Con la modificación del Código Procesal Civil en materia de casación, se estableció que todos los recursos presentados ante la Corte Superior deben ser trasaladados a la Corte Suprema para que sea este último quien califique su procedencia o no. Ello ha ocasionado varios problemas, entre ellos, el traslado ante el máximo ente del Poder Judicial de todos los recursos de casación sobre medidas cautelares.En el presente artículo, el autor analiza la procedencia de este recurso en este tipo de procesos. Asimismo, realiza una crítica a la interpretación que se viene realizando a la norma, que ha llevado a que se entienda la labor de las Cortes Superiores como simples mesas de parte de los recursos de casación, y propone una interpretación más acorde con la Constitución y la realidad.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0DerechoHecha la Ley, Hecha (y Permitida) la Trampa: Sobre los Recursos de Casación en los Procesos Cautelaresinfo:eu-repo/semantics/articlehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00