Bardales Mendoza, Enrique RosendoYépez Minaya, Rocío RaquelLópez Chanove, Cristian Martín2014-10-202014-10-2020142014-10-20http://hdl.handle.net/20.500.12404/5643El Derecho de Autor otorga a los autores y/o titulares el derecho exclusivo que se refleja en la facultad de autorizar o prohibir la reproducción de sus obras. A su vez aquel derecho de reproducción forma parte de los derechos patrimoniales del autor. Por tal motivo, podríamos decir que los autores tienen el derecho exclusivo de reproducir su obra con la finalidad de generar ingresos económicos a su favor. Si bien comprendemos que el afán por generar ingresos económicos deba ceñirse exclusivamente al ámbito del autor y/o titular, nuestra actual normativa sobre Derecho de Autor cae en el error de considerar a toda reproducción como potencial fuente de ingresos para los autores y/o titulares. Es por dicha razón, que se prohíbe toda reproducción a menos que se obtenga una autorización o se encuentre dentro de algunos de los supuestos de excepción establecidos por la norma.spainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/Derecho de autor--Perú.Piratería (Derecho de autor)--Perú.El anacronismo sobre la normativa de copia privada digital en el Perú : la evidente ruptura entre las relaciones jurídicas que se establecen en la actualidad con las relaciones contempladas en la hipótesis de incidencia de la normainfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01