Bullard González, Alfredo2017-09-252017-09-252005http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/view/8792/9184En los últimos meses, hemos sido testigos de un debate referido a la posibilidad de que las autoridades administrativas apliquen control difuso. Tal debate se ubica en el medio de dos interrogantes extremas, las mismas que señalan: ¿es posible afirmar que los funcionarios públicos se encuentran facultados para inaplicar cualquier ley con solo señalar que es contraria a la Constitución? Si nos encontráramos bajo el supuesto de una ley abiertamente inconstitucional que limite arbitrariamente los derechos de los ciudadanos, ¿sería posible señalar que una autoridad administrativa se encuentra obligada a ordenara los particulares el cumplimientos de dicha norma?application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0DerechoKelsen de cabeza: verdades y falacias sobre el control difuso de las normas por las autoridades administrativasinfo:eu-repo/semantics/articlehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01