Crisóstomo Meza, Mercedes AmaliaLa Torres Pazos, Julio César Federico2016-03-092016-03-0920152016-03-09http://hdl.handle.net/20.500.12404/6577El artículo 166 de la Constitución Política del Perú establece las funciones que debe desarrollar la Policía Nacional del Perú (PNP) como institución del Estado, siendo una de ellas garantizar, mantener y restablecer el orden interno y el orden público, incluso apelando al uso de la fuerza coercitiva cuando lo demande. Sin embargo, se mostraría un fracaso en esta función, evidenciado en los daños a la propiedad pública y privada, la pérdida del principio de autoridad del Estado y un clima de inseguridad en la ciudadanía. Asimismo, este fracaso se puede relacionar con la falta de capacidad preventivo-operativo de las Unidades de Control de Multitudes de la PNP, hechos que permiten que en la ciudadanía se tenga una imagen negativa del Estado y de la PNP.spainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.5/pe/Policía--Perú.Policía y violencia--Perú.El orden público: un estudio de caso del mantenimiento, control y recuperación en la Gran Unidad Histórica de Policía Montada de la PNP durante el 2012 al 2013.info:eu-repo/semantics/masterThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.00