Rodriguez-Arana Muñoz, Jaime2015-12-042015-12-042008http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/14501La universalidad es un principio del servicio público que garantiza el acceso a un servicio de calidad especifica, y a un precio asequible, a todos los ciudadanos, independientemente de su situación económica, social o geográfica.En el presente artículo, el autor, partiendo de la Ley Nº 32/2003, la cual incorpora al Derecho Español un conjunto de Directivas comunitarias que se han elaborado con el objeto de consolidar el marco armonizado de libre competencia en las telecomunicaciones alcanzado en los Estados miembros, realiza un interesante análisis sobre el servicio universal en materia de telecomunicaciones. Del mismo modo, nos da cuenta de la tarea que la Administración Pública debe tener para preservar el referido servicio, lo cual a su vez contribuye al regreso del Derecho Administrativo no como una intuición, sino como una realidad.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0Sobre el servicio universal en materia de telecomunicacionesinfo:eu-repo/semantics/articlehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01