García-Corrochano Moyano, Luis2017-09-252017-09-252013http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/agendainternacional/article/view/7730/7978Suele entenderse que el orden jurídico interno y el orden jurídico internacional son dos mundos paralelos, con apenas algunos puntos de contacto entre ellos. Abona a esta visión la forma poco adecuada en que muchas veces se trata al derecho interna-cional público en los planes de estudio de la carrera de derecho. Usualmente se deter-mina su ubicación de manera arbitraria, bien a mitad o hacia el final de la carrera; en algunos casos se le colocan ciertos requisitos: derecho constitucional general o derecho constitucional peruano, eventualmente derecho administrativo. Luego, sin mayor convicción sobre su utilidad, se coloca el curso en algún ciclo donde no inter-fiera con el plan que privilegia tal o cual rama del derecho.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0PolíticaLas normas internacionales y la Constitución. Reflexiones a veinte años de la vigencia de la Constitución Política de 1993info:eu-repo/semantics/articlehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.09.01https://doi.org/10.18800/agenda.201301.006