Lázaro Carty, Juan José2019-09-032019-09-0319912019http://hdl.handle.net/20.500.12404/14896Este trabajo pretende, consciente de aquella preocupación, aportar un granito de arena a aquella tradicional distinción (y confusión) entre el Arrendamiento y el Usufructo, para lo cual, sin embargo, se adopta un espíritu crítico, de permanente evaluación de las categorías y conceptos jurídicos que determinan la diferencia a la luz de su utilidad práctica, lo que supone un análisis de sus consecuencias sociales. De lo expuesto se deduce que no pretendemos desarrollar una teoría del Arrendamiento y del Usufructo, si bien partimos de una exposición en lo posible rigurosa, de los conceptos dogmáticos que nutren el problema en sus aspectos esenciales. luego en base al dato histórico y social, descubrir el proceso de su nacimiento y desenvolvimiento hasta el actual nivel de generalización, para concluir con una determinación de las finalidades que las normas que lo rigen, pretenden lograr y si lo logran. Para ello, la tesis se divide en tres capítulos: El primero, nuestro marco teórico, pretende dotarnos del método y premisas que deberán reflejarse en el análisis. El segundo, busca analizar el problema central o clásico de la distinción, cual es el criterio de la tipología de los derechos o relaciones jurídicas. Finalmente, el capítulo tercero pretende evaluar si las variables normativas concretas de nuestro Código Civil, que regulan ambas instituciones, desarrollan la función económica que nuestra sociedad les exige, para concluir con una propuesta, muy personal por cierto, de innovación.spainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/Arrendamiento--Legislación--PerúUsufructoDerechos reales--PerúPerú. Código Civil (1984)La diferencia entre el arrendamiento y el usufructoinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01