García Westphalen, LuisTaipe Chávez, Rubén Alejandro2021-08-192021-08-1920212021-08-19http://hdl.handle.net/20.500.12404/20093El presente Informe analiza la resolución N° 015-2021-SUSALUD/TRI-PSE, emitida por el Tribunal de SUSALUD donde se resuelve dar por Infundado en todos sus extremos el recurso de apelación presentado por la IPRESS Hospital Alcides Carrión a la Resolución Final en procedimiento trilateral sancionador de la SAREFIS, bajo Exp. Pas N° 0189-2019, mediante la cual se impone una sanción de 47.68 UIT por haber postergado injustificadamente un tratamiento médico. Mediante este Informe, se analiza los criterios utilizados por la SAREFIS y el Tribunal encontrando problemas de debido procedimiento en relación a la motivación y se cuestiona el método utilizado para determinar el cumplimiento de un hecho imputable. A raíz de ello, además de analizar la infracción cuestionada, se realiza una revisión a cada argumento emitido por el Tribunal aportando al contenido de los principales temas encontrados como la razonabilidad o non bis in idem. Finalmente, concluyo que la Resolución del Tribunal padece de un inadecuado tratamiento de revisión de hechos y aporto recomendaciones sobre cómo aproximarnos al contenido probatorio suficiente para la calificación de la infracción de postergación injustificada al acceso de los usuarios a las prestaciones de salud en el caso puntual de inacción de las IPRESS y confirmación posterior de diagnósticosspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/Sanciones administrativas--PerúProtección al consumidor--PerúSalud pública--Legislación--PerúAdministración de servicios de salud--PerúAnálisis a la fundamentación del Tribunal de SUSALUD en la Resolución N° 015-2021-SUSALUD/TRI-PSEinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01