Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Informe jurídico sobre Resolución de Consejo Directivo NRO.131-2010-OS/CD
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Choque Ramos, Luis Fernando; Sánchez Povis, Lucio Andrés
    El presente caso abarca el análisis de la sanción impuesta por el Consejo Directivo del Osinergmin mediante la Resolución N°131-2010-OS/CD en el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Southern sucursal Perú por incumplimiento de normas ambientales y de dos programas de manejo y adecuación ambiental en la Fundición y Refinería de Cobre – Ilo. Para ello, el presente trabajo busca analizar si los argumentos con los cuales se impuso la sanción siguieron la logica conforme a los límites y parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico peruano, la jurisprudencia y la doctrina. A partir del análisis, se concluye que la ejecución del procedimiento sancionador vulneró los principios de legalidad, tipicidad, non bis idem, el principio de veracidad y licitud. Ello, debido a que Osinergmin desconoció los alcances y límites de los principios antes mencionados, y porque valoró inadecuadamente las actas de fiscalización que se obtuvieron sobre Southern, las cuales fueron el sustento principal para imponer la sanción.
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    Informe jurídico sobre la Resolución N° 124-2022-OSGSE/ DSHL: Las instalaciones inactivas en el artículo 217 del Reglamento de Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-07) Jiménez Arrieta, Yoel Josafat; Huapaya Tapia, Ramón Alberto
    El presente trabajo se desarrolla en el marco de un Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) a la empresa Pacific Stratus Energy S.A., luego denominada Frontera Energy del Perú S.A., en su calidad de operador del Lote 192, tras la verificación del supuesto incumplimiento de la obligación contenida en el artículo 217 del Reglamento de Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, correspondiente al retiro de una instalación inactiva, referido a la línea de descarga de 12’ de la Batería Capahuari Sur, localizada en su área de operación. Al respecto, se analiza, de manera central, la actuación del Osinergmin en el desarrollo del procedimiento y la asignación de responsabilidad al administrado. Para ello, se desarrollan dos aspectos secundarios que coadyuvan a dilucidar la controversia principal. En primer lugar, se examina el tipo infractor respectivo y su delimitación. En segundo lugar, se reflexiona en torno a la falta de análisis de la autoridad sobre la posible calificación de la instalación como un pasivo ambiental del subsector hidrocarburos. En este sentido, como resultado se verificará si Osinergmin actuó dentro del marco jurídico aplicable, partiendo, principalmente, del desarrollo de los principios del procedimiento administrativo y la potestad sancionadora de la Administración contenidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General.
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    Informe jurídico sobre la Resolución N° 19 contenida en el Expediente 18478-2008-0-1801-JR-CA-05: Sobre la imposición de multas coercitivas por parte de Osinergmin
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-05) Barco Hidalgo, Gino Leonardo Miguel; Mendiola Flórez, David Enrique Serafín
    El presente informe jurídico tiene como finalidad determinar si la Administración Pública, específica la entidad reguladora Osinergmin, tiene competencia para aplicar mecanismos de ejecución forzosa para asegurar el cumplimiento de las resoluciones emitidas en el marco de un procedimiento administrativo trilateral. En este contexto, se analizará el caso contencioso-administrativo contenido en el expediente judicial 18478-2008-0-1801-JR-CA-05, con especial énfasis en la Resolución N° 19 – Sentencia de Vista, que cambió el enfoque de la Sala al determinar erróneamente que el organismo regulador tiene la facultad de imponer multas coercitivas en procedimientos trilaterales. Ante esto, se remitirá a la normativa vigente durante la aplicación de las multas coercitivas contra la empresa concesionaria de electricidad Electronoroeste S.A., así como a la doctrina especializada, para demostrar que Osinergmin no actuó conforme a la ley. Para demostrarlo, primero se probará que aunque el organismo regulador contaba con la facultad de imponer multas coercitivas, la ley limita esta facultad a casos donde las obligaciones contenidas en las resoluciones beneficien a la entidad. Asimismo, se precisará que el procedimiento de reclamos de usuarios es efectivamente de carácter trilateral cuando se presenta el recurso de apelación. Finalmente, se reflexionará sobre la falta de vías administrativas en las cuales la Administración puede ejercer su potestad de autotutela; sin embargo, esto no significa que no deba actuar conforme a la ley.
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    Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°000137-2018/CEB-INDECOPI, E-2800. Procedimiento de Eliminación de barreras burocráticas iniciado por Energigas S.A.C. contra el organismo supervisor de la inversión en energía y minería
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-29) Mansilla Peláez, Diego Alonso; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    El presente informe jurídico analiza el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, el cual resuelve la denuncia interpuesta por la empresa ENERGIGAS S.A.C. contra el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería por la presunta imposición de dos barreras burocráticas ilegales y carentes de razonabilidad, materializadas en los párrafos segundo, así como tercer y cuarto del artículo 17A del Anexo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 191-2011-OS/CD. El análisis desarrollado en el presente informe tiene como objetivo dar respuesta a tres problemas jurídicos que consisten, en primer lugar, en determinar si las barreras burocráticas materia de cuestionamiento son ilegales dentro de aspectos establecidos en la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas. En segundo lugar, se tiene el problema jurídico de si correspondía o no que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi analice la razonabilidad de la primera barrera burocrática, materializada en el segundo párrafo del artículo 17A. Por último, el tercer y último problema jurídico consiste en establecer si la primera barrera burocrática carecía o no de razonabilidad. Para dar respuesta a los problemas jurídicos antes mencionados, se analizará el cumplimiento de la normativa aplicable en Derecho Administrativo, en lo referente a actos administrativos, requisitos que puede solicitar la Administración Pública, así como normativa transversal a todo el ordenamiento jurídico como es la aplicación de la normativa en el tiempo. De igual manera, se consideran criterios de interpretación jurídica como el criterio teleológico y el método de interpretación sistemática, así como los principios que sustentan fundamentalmente el procedimiento administrativo. Todo ello, tomando en consideración la realidad y los efectos que tiene en la práctica la regulación en los agentes que desarrollan actividades de hidrocarburos.
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    La determinación de la multa coercitiva: Una perspectiva desde el análisis económico del derecho
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-21) Zurita Saldaña, Víctor Raúl; Orihuela Paredes, José Carlos
    Los organismos reguladores tienen funciones que modelan el comportamiento no deseado de los agentes económicos como, por ejemplo, el ejercicio de poder de mercado, las afectaciones a los derechos de los consumidores o a diversas especificaciones técnicas. Para ello, el regulador debe alinear los incentivos con los objetivos mediante el establecimiento de multas y otras medidas. Las normas que regulan el comportamiento de los agentes se enmarcan dentro del derecho administrativo peruano, uno de cuyos principios establece que incumplir las normas no debe resultar más beneficioso que cumplirlas. Por el lado de la economía, desde los trabajos de Ronald Coase y Gary Becker, entre otros, se ha desarrollado un marco teórico para analizar el comportamiento infractor desde el punto económico. El OSINERGMIN aplicó este cuerpo teórico al diseño de sus escalas de sanciones y, en 2017, se utilizó en la determinación del valor monetario de las infracciones llamadas coercitivas. Este trabajo desarrolla el análisis empleado para determinar el valor pecuniario de las infracciones a las medidas administrativas. Este Informe muestra una forma en la que el análisis económico del derecho puede contribuir a la legitimidad y eficiencia de la institucionalidad jurídica en el País.
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    Sobre la Imposición de Multas Coercitivas por el Organismo Regulador en el Caso del Expediente N° 18478-2008-0-1801- JR-CA-05
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Ricra Morales, Hugo Alexander; Sánchez Povis, Lucio Andrés
    Producto del procedimiento trilateral llevado a cabo entre el Gobierno Regional de Tumbes, Electronoroeste S.A (en adelante, “Enosa”) y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – Osinergmin, en el que se discutía el reembolso de las Contribuciones Reembolsables, se emitió un acto administrativo que ordenó a Enosa la devolución mencionado monto dinerario. Así, para hacer efectivo el derecho del Gobierno Regional de Tumbes, el cual ya se encontraba reconocido, el Osinergmin impuso multas coercitivas aun cuando la normativa que regula este tipo de situaciones no la autorizaría a valerse de dicho medio de ejecución forzosa, toda vez que se establece que solo podrá hacerlo cuando se trate de una obligación de dar, hacer o no hacer, establecida a favor de la entidad; sin embargo, en este caso, la obligación se habría establecido en favor de un tercero. Siendo ello así, se llega a la conclusión de que el Osinergmin, al día de hoy, se encontraba imposibilitado de resolver el caso en uso de su potestad de autotutela; asimismo, se concluye que no contaba con las facultades necesarias para emitir multas coercitivas frente al incumplimiento de actos administrativos provenientes de procedimientos administrativos trilaterales y se finaliza proponiendo una solución por la que el organismo regulador pudo haber optado. Así pues, la elección del presente expediente se justifica en que el caso expone posibilidades de mejora en la normativa relativa a resoluciones finales provenientes de procedimientos trilaterales dentro de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444.
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    Hacia un enfoque responsivo: el rediseño en la fiscalización en grifos y estaciones de servicios aplicada en Osinergmin
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-03) Celis Cano, Yadira Melissa; Ochoa Mendoza, Francisco Juan De Dios
    La Administración Pública cuenta con una serie de herramientas para procurar el cumplimiento por parte de los agentes económicos, como: la actividad de fiscalización, la adopción de medidas administrativas y la aplicación de sanciones administrativas. A través de estas herramientas se busca direccionar su actuar a la adopción de lo prescrito en la normativa. El enfoque dominante en nuestro ordenamiento para cautelar el cumplimiento tiene una orientación sancionadora; sin embargo, existe un enfoque menos punitivo que privilegia la persuasión para salvaguardar lo dispuesto. Ahora bien, existe un enfoque que no privilegia ninguno de los antes mencionados, sino más bien se vale de ambos, así este enfoque adopta la persuasión, educación, incentivos y castigo en función a la respuesta de los agentes regulados, el mismo que se denomina regulación responsiva. La presente investigación tiene como propósito analizar si el mecanismo alternativo al procedimiento administrativo sancionador, aplicado por Osinergmin, en los Grifos y Estaciones de Servicio, ante el incumplimiento de alguna de las obligaciones referidas a las condiciones técnicas y de seguridad consideradas de criticidad alta (riesgo alto), se encuentra vinculado con el enfoque responsivo y si este resulta efectivo para lograr el cumplimiento normativo (enforcement). En ese sentido, se ha realizado un análisis al cambio normativo establecido por Osinergmin, la recepción de esto por parte de los agentes económicos, su cambio de comportamiento y se propone una estrategia para aplicar propiamente un enfoque responsivo.
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    Acciones para mejorar las condiciones de seguridad en las actividades mineras de competencia del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN)
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-08-01) Valdivia Vera Rebollar, Jorge Guillermo; Dammert Lira, Alfredo Juan Carlos
    En el presente trabajo de investigación se analiza el desempeño del sector minero en el ámbito de la seguridad en la mediana y gran minería, que son competencia del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin). Se ha conseguido mejorar los indicadores de seguridad de la minería a través de una mayor cobertura y frecuencia en la supervisión de las actividades mineras a cargo del Osinergmin. Sin embargo, los últimos dos años, 2016 y 2017, los indicadores de seguridad se han estancado e inclusive han mostrado un deterioro, como consecuencia de un mayor número de accidentes y víctimas mortales, a pesar de haberse mantenido la cantidad de supervisiones ejecutadas. Frente a esta problemática, se plantea la hipótesis que la mejora se logrará no sólo por la intervención regulatoria del Estado, sino por la acción primaria de los titulares mineros orientados por una cultura preventiva de seguridad y rigurosidad en el cumplimiento de las normas y las condiciones técnicas. Justamente en la línea argumentativa presentada, en el capítulo dos se desarrolla los conceptos de seguridad minera, regulación minera y cultura preventiva de seguridad, como los elementos que explican el desempeño de los titulares mineros. La cultura preventiva de seguridad es un enfoque proactivo, que reconoce que los incidentes y accidentes son evitables y comprende los valores individuales y grupales compartidos, los patrones de comportamiento; que se fundamenta en el compromiso y participación de la alta dirección, líderes y colaboradores, en identificar los peligros y evaluar los riesgos, para comportarse de manera segura, aún en ausencia de supervisión. El Osinergmin los supervisa y fiscaliza para establecer el nivel de conformidad respecto a las condiciones mínimas de seguridad y de existir incumplimientos los sanciona, para que adopten acciones correctivas y brinden una infraestructura segura que no afecte a sus trabajadores, ni a la comunidad. En el capítulo tres se explica, utilizando la metodología del caso, las características y forma como han gestionado sus sistemas de seguridad tres empresas mineras: Volcan, Minsur y Casapalca. Finalmente, en el capítulo cuatro y en respuesta a los resultados obtenidos, se valida la hipótesis de investigación, es decir, que la mejora en los indicadores de seguridad se alcanza por la verificación rigurosa del Osinergmin y por la acción decisiva de los titulares mineros, quienes guiados por su comportamiento racional y económico aceptan que la seguridad es un elemento de ventaja competitiva, razón por la cual resulta positivo invertir en seguridad que resguarde la salud de sus trabajadores y de los demás, que pudieran verse afectados. En conclusión, construir una cultura preventiva de seguridad fuerte, aplicada de forma rigurosa impacta de manera positiva en los indicadores de seguridad al modificar los comportamientos inseguros y lograr la sostenibilidad de los resultados.
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    Factores organizacionales relacionados a la autonomía de los organismos reguladores en el Perú y su análisis en OSINERGMIN
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-04-11) Silva Blanco, Adán; Solis Valencia, Jaime Mauricio; Valencia Sánchez, Sofía María del Carmen
    Las reformas económicas impulsadas desde los años noventa implicaron la constitución del rol regulador del Estado el cual exige ciertas condiciones para su adecuado funcionamiento. Una de estas condiciones es la autonomía de los organismos reguladores como instituciones eminentemente técnicas, y por ello, separados de las influencias políticas y privadas que pueda haber sobre ellos. Es sobre dicha autonomía que se enfoca la presente investigación. Para ello, se emplea una metodología cualitativa y exploratoria, y comienza con una búsqueda de la literatura a dos niveles. El primer nivel se enfoca en el desarrollo de un marco teórico que fundamente el rol regulador del Estado. Y, en un segundo nivel, en el desarrollo de un marco conceptual para identificar y caracterizar los factores organizacionales que se relacionan con la autonomía de los organismos reguladores. Adicionalmente, se validan los mismos para el contexto peruano mediante entrevistas semiestructuradas a expertos. Luego de ello, en la investigación se plantea analizar cómo se manifiestan los factores más relevantes para un organismo regulador peruano. Por ello, se desarrolla un método de recojo de información basado en un índice de independencia reguladora y adaptado para el caso peruano de acuerdo a los resultados obtenidos con las entrevistas a expertos. Esto permitirá recoger estructuradamente la información referida a los factores organizacionales y analizarlos en un regulador de servicios públicos peruanos. Los aportes de la investigación son dos principalmente. El primero corresponde a la construcción de un marco conceptual para el análisis de factores organizacionales relacionados con la autonomía de los organismos reguladores. Además de ello, se identificó a los más relevantes en el contexto peruano: el mandato independiente, el directorio estable e idóneo, el presupuesto autónomo y las políticas de recursos humanos. El segundo aporte nace de la contrastación del marco conceptual construido y su análisis en OSINERGMIN, cuyos resultados demuestran que a pesar de ser uno de los organismos reguladores que posee mayor reconocimiento internacional y una mayor tradición autónoma, los factores analizados muestran ciertas restricciones que hacen al regulador vulnerable de las influencias, principalmente políticas. Estas restricciones existen a pesar de contar con un marco normativo regulatorio que establece expresamente a OSINERGMIN como entidad autónoma. Cabe resaltar que este análisis se centra en la agencia reguladora estudiada (OSINERGMIN) pero los resultados iniciales aquí encontrados se pueden complementar con una investigación más profunda que, ampliando la muestra, produzca resultados generalizables a la totalidad de organismos reguladores de servicios públicos en el país.
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    “Cargos, recargos y tarifas establecidos por ley administrados por OSINERGMIN que no constituyen ingresos para quienes los cobran ¿tributos, recursos parafiscales o qué?“
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-12-04) Loayza Camacho, Ernesto Javier; Sotelo Castañeda, Eduardo José
    En el sector de energía existen cargos, recargos y tarifas que se cobran con ocasión de la prestación de servicios públicos o de la venta o importación de determinados hidrocarburos. Estos se caracterizan por haber sido creados a través de normas jurídicas (principalmente con rango de ley), ser de carácter obligatorio, no ingresar al presupuesto nacional ni a fondos públicos, no constituir ingresos para los sujetos que los recaudan y ser administrados y/o regulados por el Organismo Supervisor de la Inversión en la Energía y la Minería. La presente investigación analiza, mediante el estudio de casos, la naturaleza jurídica de nueve de estos cargos, recargos o tarifas contrastándolos con los conceptos de tarifa de servicios públicos, tributo y de recursos parafiscales. Dado el escaso desarrollo del concepto de parafiscalidad en la doctrina y la jurisprudencia peruana, se construye una definición operativa a partir de la experiencia comparada (Francia, España y Colombia) y la regulación nacional existente. La investigación concluye que, en la mayoría de los casos, dado que lo recaudado no constituye ingreso para quien lo recauda ni constituye ingreso público, estos no tienen naturaleza de tarifa ni de tributo sino que son recursos parafiscales. Ello cuestiona la posición tanto del sector de energía y minas como del organismo regulador según la cual estos cargos, recargos y tarifas tienen naturaleza tarifaria.