5. Segunda Especialidad
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Ítem Texto completo enlazado El Procedimiento administrativo sancionador en el servicio de transporte terrestre de personas bajo el análisis de la Resolución N° 0940-2019/SPlC-INlDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Valdiviezo Villacorta, Jonathan Raúl; Moscol Salinas, Alejandro MartínEl objetivo de este trabajo de investigación es determinar si el Indecopi tiene la autoridad para investigar y analizar de manera independiente presuntas violaciones a regulaciones sectoriales que están diseñadas específicamente para proteger a los consumidores en sectores regulados, especialmente cuando existen otras entidades a las que se les ha otorgado explícitamente jurisdicción sobre tales asuntos. Es importante considerar si está justificado que tanto el Indecopi como la autoridad competente en servicios de transporte impongan sanciones por la misma infracción, ya que esto resultaría en un caso de doble sanción. En ese sentido, para determinar la responsabilidad administrativa del proveedor, es necesario evaluar si ha violado las leyes de protección al consumidor y, en caso afirmativo, aplicar las sanciones correspondientes. Esto no debería implicar que otra entidad administrativa, como Sutran, lleve a cabo su propia investigación e imponga sanciones adicionales.Ítem Texto completo enlazado Consideraciones de orden constitucional sobre la potestad sancionadora de la Administración Pública: un enfoque sobre los principios de reserva de ley, legalidad y tipicidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Meza Astuvilca, Luis Alberto; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEl presente artículo académico revisa el régimen jurídico de la potestad sancionadora de la Administración Pública y pone en relieve a los principales problemas que enfrenta su actual regulación. Asimismo, compara el modelo constitucional peruano con modelos propios de la región (Chile y Colombia) y de Europa (España), con el objetivo de analizar la pertinencia de realizar posibles cambios constitucionales para reforzar el régimen establecido en la Ley.Ítem Texto completo enlazado La imposición de la sanción de arresto simple en infracciones leves al personal militar de las Fuerzas Armadas del Perú y el principio del Debido procedimiento(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Flores Villanueva, José Luis; Boyer Carrera, Janeyri ElizabethEl presente trabajo tiene como objetivo principal verificar que el procedimiento de imposición de la sanción administrativa disciplinaria de arresto simple por la comisión de faltas leves en el personal militar de las Fuerzas Armadas, regulado por la Ley N° 29131, Ley del Régimen Disciplinario de las FFAA - LRDFFAA, respete las garantías y principios del debido procedimiento. Con la finalidad de asegurar que el referido procedimiento administrativo disciplinario se ajuste a estas garantías y principios fortaleciendo la legitimidad y el funcionamiento eficaz de las Fuerzas Armadas del Perú, teniendo en cuenta el cumplimiento de la preservación de la disciplina y al mismo tiempo que salvaguardan los derechos individuales del personal militar.Ítem Texto completo enlazado Existencia de armonización entre la Política Nacional de Indecopi y las decisiones de sus órganos resolutivos en materia de discriminación en el consumo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Villegas Angeldonis, Marisol; Ledesma Orbegozo, Wendy RocioEl presente trabajo versa sobre el planteamiento de la posibilidad de que exista una armonía y/o interconexión entre todo lo que se dispone en la Política Nacional de Protección al Consumidor de la cual el Indecopi como rol de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor es responsable de las decisiones que los órganos resolutores, es decir, la Sala y la Comisión de Protección al Consumidor determinen al momento de resolver los diversos procedimientos administrativos sancionadores sobre el asunto de discriminación en las relaciones de consumo. Ello, en tanto estas decisiones de los órganos resolutivos deben ser consideradas como una manera en que las políticas públicas dictaminadas por el Estado se materializan. En este trabajo se analizará, además, cómo ciertos principios estipulados en la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444 permiten que exista esta armonización, puesto prevén que exista un cierto grado de previsibilidad y coherencia de cara a que el consumidor pueda obtener una respuesta acorde a las diversas normativas del sector, pero también acorde a las disposiciones de las políticas públicas. Finalmente, luego de una completa indagación, será posible evidenciar que con el cumplimiento de esta armonización no se pone en riesgo la autonomía e independencia que ostentan los órganos resolutivos a la hora de resolver y además podremos determinar que el Indecopi cumple con su función protectora hacia el consumidor cada que sus órganos resolutivos actúan alineados con las disposiciones de su propia política pública.Ítem Texto completo enlazado Hacia un nuevo estándar de notificación del hecho infractor: a propósito del derecho a la comunicación previa y detallada de la acusación en sede administrativa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Ventura Ferro, Leonardo Manuel; Diaz Montalvo, Jorge ArmandoEl presente artículo aborda las problemáticas relacionadas a la notificación del hecho infractor, tanto en su contenido como en la oportunidad de notificación, las cuales tienen incidencia directa en plena efectividad del derecho de defensa en el procedimiento administrativo sancionador. Como parte del proceso de constitucionalización del Derecho Administrativo, se propone la aplicación del estándar más garante del derecho a la comunicación previa y detallada de la acusación, frente a los tradicionales límites-garantías al ius puniendi de la Administración. Así, de la interpretación de la Corte Interamericana se desprende que los Estados deben alejarse del principio de confianza, toda vez que la notificación del hecho infractor requiere transitar por los canales oficiales, en aras de maximizar la vigencia del derecho de defensa. Con todo ello, se dilucida una tarea pendiente del legislador y los administradores de justicia para adecuarse al nuevo estándar establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para todas relaciones procesales entre el Estado y el privado, en particular, en el procedimiento administrativo sancionador.Ítem Texto completo enlazado La prescripción y la subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad: contradicciones entre los procedimientos especiales y la norma común regulada en la Ley del Procedimiento Administrativo General(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Chinchay Yancunta, Camila Naomi; Díaz Montalvo, Jorge ArmandoEl presente artículo tiene por objetivo evaluar dos instituciones concretas del derecho administrativo que tienen como principal finalidad evitar que la entidad administrativa impute responsabilidad y sancione al administrado por la comisión de una conducta infractora: la prescripción y la subsanación voluntaria, analizando así su regulación tanto en la normativa general como también en la normativa especial dependiendo del sector correspondiente. Este análisis permitirá demostrar que, efectivamente, existen determinados procedimientos administrativos sancionadores correspondientes a sectores especiales como por ejemplo, la normativa de INDECOPI – en relación a la prescripción – y la normativa de OSINERGMIN – en relación a la subsanación voluntaria como un supuesto que permite al administrado exonerarse de responsabilidad – que incumplen con lo regulado en la normativa común, esto es, la Ley del Procedimiento Administrativo General, incumpliendo así con respetar y adecuarse a las garantías mínimas que reconoce esta normativa común y que deben ser cumplidos – necesariamente – por la normativa especial. En ese sentido, cualquier regulación especial dictada en los distintos sectores especiales deben ser dictados de conformidad con las garantías mínimas reconocidas en la Ley del Procedimiento Administrativo General, sin que se establezcan condiciones menos favorables en perjuicio del administrado; lo contrario significaría una contravención, principalmente, al principio de legalidad. Es por eso que, en estos casos, resulta necesario que la normativa especial realice una interpretación conforme a la normativa común.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la eficiencia del procedimiento administrativo disciplinario por faltas concernientes a hostigamiento sexual dentro de la función pública(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Arias Huapaya, Alexandra Urpy; Boyer Carrera, Janeyri ElizabethEn el Perú, a través de la Ley N° 27492, sus modificatorias y su reglamento, en complementariedad con la Ley del Servicio Civil- Ley N° 30057, se ha pretendido prevenir y erradicar el hostigamiento sexual que afecta la dignidad, la integridad y la igualdad de género. Por ello, el legislador al observar que existían casos de hostigamiento sexual dentro de las entidades en detrimento de la función pública estableció un procedimiento administrativo disciplinario para todos los servidores públicos que realicen este tipo de actos hostiles dentro de su Entidad. Sin embargo, de la investigación realizada, se ha podido observar que a pesar de encontrarse tipificada la falta por hostigamiento sexual dentro de la administración pública, el procedimiento administrativo disciplinario a la misma no es eficiente.Ítem Texto completo enlazado La imputación de infracciones a principios y deberes de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública en los pronunciamientos del Tribunal del Servicio Civil(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Calderón Gonzales, Walter Jesús; Guzmán Napurí, ChristianEl presente artículo analiza la imputación de infracciones a principios y deberes de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública en los pronunciamientos del Tribunal del Servicio Civil, considerando que esta clase imputaciones implica el uso de la tipificación indirecta por remisión expresa y la utilización de conceptos jurídicos indeterminados. Cabe señalar que, el objetivo del presente trabajo es identificar algunos criterios extraídos de los pronunciamientos del Tribunal del Servicio Civil, así como sugerir algunos otros criterios para la correcta imputación de esta clase de infracciones de carácter indeterminado. En tal sentido, en la primera parte se desarrolla la importancia de la ética en la función pública y cómo se ha desarrollado la aplicación de esta clase de infracciones en nuestro ordenamiento jurídico. En la segunda parte, se confronta la imputación de las infracciones éticas con los principios de legalidad y tipicidad, considerando el carácter indeterminado de los principios y deberes de la Ley Nº 27815. Finalmente, en la tercera parte se exponen algunos criterios de aplicación desarrollados en los pronunciamientos del Tribunal del Servicio Civil relacionados a la imputación de infracciones a los principios de probidad, idoneidad, veracidad, así como a los deberes de neutralidad, transparencia y responsabilidad.Ítem Texto completo enlazado Alcances y límites de la prohibición de reforma peyorativa en la impugnación de actos administrativos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Del Risco Ramírez, José Antonio; Sánchez Povis, Lucio AndrésEn la presente investigación se abordará una problemática en torno una de las figuras jurídicas más importantes relacionada a la impugnación de actos administrativos. Nos estamos refiriendo a la interdicción o prohibición de reforma peyorativa. A lo largo del trabajo, sostendremos que la aplicación de esta garantía, creada precisamente para favorecer al recurrente, no debería estar limitada únicamente a los procedimientos administrativos sancionadores. Si bien dicho planteamiento contradice a la literalidad del artículo 258.3 del TUO de la Ley N° 27444, así como a la práctica administrativa peruana que se ha venido llevando a cabo a lo largo de los años, consideramos que existen fundamentos doctrinarios, constitucionales y jurisprudenciales para sustentar una interpretación amplia y extensiva de la llamada “non reformatio in peius”. En realidad, dicha figura jurídica también debería poder ser alegada cuando se recurren actos administrativos en cualquier tipo de procedimiento, a excepción del trilateral, al cual se aplican principios y garantías especiales.Ítem Texto completo enlazado Incorporación idónea de la responsabilidad administrativa de los representantes de las personas jurídicas ante las infracciones de la labor inspectiva cometidas contra la Ley General de Inspección del Trabajo-Ley No 28806(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-21) Umeres Riquelme, Hernan Fabricio; Mendoza Legoas, Luis ErwinDado que existe una alta tasa de actas de infracción contra la labor inspectiva, es pertinente determinar cuál sería un tratamiento legal idóneo para la incorporación de la responsabilidad administrativa de los representantes de las personas jurídicas ante las infracciones contra la labor inspectiva cometidas contra la Ley General de Inspección del Trabajo-Ley N° 28806. En ese sentido, el objetivo del presente artículo se centra en desarrollar primeramente de forma dogmática elementos necesarios para una modificación legislativa y construcción jurídica de responsabilidad de representantes de personas jurídicas, por ello, se deberá revisar tópicos tales como argumentación legislativa, el poder de policía en la actualidad y el trabajo como base del bienestar social, entre otros. Del mismo modo, se analizará partes de la teoría punitiva administrativa como el principio de culpabilidad y su significado. Así, con todo este estudio doctrinario se podrá proponer nuevos tipos infractores sancionadores en materia administrativa laboral, con lo cual se concluye que, en efecto, es válido introducir nuevas infracciones administrativas laborales con fin de materializar intereses tales como el bien común en el campo laboral. También se verificará que no es adecuado construir tipos infractores para gerentes y administradores sin considerar en ellos el elemento de la culpabilidad subjetiva, desligando además su responsabilidad autónoma de la propia persona jurídica.