5. Segunda Especialidad

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    La vulneración del principio de congruencia como causal de anulación de laudo en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Valdez Castillo, Leonardo Daniel; Rivas Caso, Gino Elvio
    El presente trabajo académico tiene por objetivo determinar los alcances del control judicial que los tribunales peruanos pueden ejercer, en vía de anulación de laudo, frente a vulneraciones al principio de congruencia en sede arbitral. La primera sección de este trabajo académico contiene el marco teórico sobre las instituciones procesales vinculadas al principio de congruencia y al arbitraje en el Perú. La segunda sección, por su parte, desarrolla el análisis crítico del autor respecto de las posibilidades de tutelar, en vía de anulación de laudo, las diversas afectaciones al principio de congruencia. A partir de lo explorado, el autor concluye que, en gran medida, las diversas vulneraciones al principio de congruencia constituyen causales de anulación de laudo bajo el amparo del artículo 63.1.d) de la Ley de Arbitraje.
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    Aportes para establecer un criterio favorable con relación a la aplicación de la retroactividad benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión Ambiental
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-07-13) Lara Soriano, Sheryl; Araujo Meloni, Jean Pierre
    De acuerdo al contenido de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – Ley N° 27446 y su modificatoria, los instrumentos de gestión ambiental preventivos tienen carácter prospectivo, esto posibilita que durante la ejecución de los proyectos de inversión estas herramientas ambientales puedan requerir modificaciones o ampliaciones que se tramitarán con posterioridad al inicio de las operaciones. Sin embargo, la modificación o actualización de estas herramientas ambientales no es una característica propia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos sino también de los instrumentos de gestión ambiental correctivos, estos últimos son instrumentos de gestión ambiental complementarios al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Entonces, partiendo del carácter dinámico de los instrumentos de gestión ambiental de tipo preventivo y correctivo, este trabajo busca aportar con una propuesta de criterio interpretativo a la Autoridad Fiscalizadora que opte por la aplicación del principio de retroactividad benigna con relación a la modificación o ampliación de estos instrumentos. Para lograr el objetivo propuesto, se analizará distintos pronunciamientos emitidos por la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (en adelante, la “DFAI”) y el Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el “TFA”) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, “OEFA”) a efectos de analizar los dos criterios esbozados desde el año 2018. Finalmente, a partir del análisis de fuentes normativas, jurisprudenciales y la doctrina, propondremos la adopción de un criterio interpretativo que se muestre acorde a la viabilidad de aplicar la retroactividad benigna en la nueva herramienta de gestión ambiental.
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    ¿Deben necesariamente ponderar los jueces al ejercer control difuso? Crítica a la consulta 1618-2016-Lima Norte
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-02) Sánchez Pérez, Christian Pavel; Grández Castro, Pedro Paulino
    El presente trabajo pretende explicar a través del método dogmático si los jueces al ejercer control difuso deben aplicar necesariamente el test de proporcionalidad conforme lo ordenado en el precedente vinculante, Consulta Nro. 1618-2016-Lima Norte. Asimismo; se explica la aplicación de la teoría conflictivista de derechos fundamentales y la implicancia jurisprudencial en el control difuso para el Derecho peruano. Se arriba a la conclusión de que, si bien el análisis de ponderación es un método de interpretación constitucional global, este no es el único, debiendo priorizarse la libertad interpretativa y no buscar obligar a los jueces a razonar de una única manera. Más aún si para ello no existe justificación alguna y concurre un vacío jurisprudencial de motivación respecto de que haya otro nivel de igual exigencia para la aprobación de la sentencia que realiza control difuso.
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    Efectos jurídicos perjudiciales recaídos en el tercero registral como consecuencia del asiento cancelatorio, extendido de acuerdo al artículo 5 de la Ley 30313
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-26) Muñiz Duran, Ada Gabriela; Chahud Cosío, Daniel Karim
    La constante evolución de herramientas, de las que se valen las organizaciones delictivas para defraudar a los propietarios de bienes inmuebles, en los últimos años ha impactado de manera significativa en la seguridad jurídica y en la efectiva protección del derecho de propiedad. La respuesta del Estado a esta problemática se dio mediante la promulgación de la Ley Nº 30313, que fue materia de diversos cuestionamientos, uno de ellos recae en lo señalado por el artículo 5º: La información contenida en las inscripciones y anotaciones preventivas que han sido canceladas, no perjudica al tercero en los términos establecidos en el artículo 2014 del Código Civil (…). El objetivo general del trabajo fue demostrar que esta supuesta indemnidad jurídica no se cumple, y que el tercero registral sí se encuentra afectado por el asiento cancelatorio. Para tal fin se revisó el procedimiento de cancelación administrativa en sede registral por los supuestos de falsificación documentaria o suplantación de identidad contrastando con lo establecido por la doctrina nacional y extranjera respecto a los principios rectores del sistema registral los cuales se han visto modificados por la normativa referida, por lo que se concluye que efectivamente desde la norma, el asiento cancelatorio, produce una afectación real al derecho del tercero registral.
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    La sucesión frente al concebido como potencial heredero
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-26) Grados Jara Almonte, Judith Caroline; Chahud Cosío, Daniel Karim
    El presente trabajo de investigación, consiste en el análisis de la situación jurídica de los herederos forzosos frente al concebido, como potencial heredero; dado que la situación del concebido es incierta, pero aun así ostenta de la vocación hereditaria por su relación de filiación con el causante, lo que deja entrever quiénes serían los herederos que deben ser declarados como tal mediante un procedimiento notarial. El problema de investigación fue el analizar si el concebido debía ser declarado heredero y de qué manera debía llegar al registro, tanto en el Registro de Sucesión Intestada como en el Registro de Propiedad Inmueble, en general, respecto de la masa hereditaria; teniendo en cuenta la condición legal impuesta al concebido y que también merece su inscripción para efectos de publicidad y oponibilidad. El desarrollo del presente trabajo se realizó en base a la doctrina y a las normas que regulan la situación jurídica del concebido, de la sucesión, así como del procedimiento de sucesión intestada notarial, analizando la naturaleza del acta notarial y la inscripción de actos en el Registro de Sucesión Intestada y del Registro de Propiedad Inmueble. Lo anterior fue determinante para la formulación de las conclusiones y recomendaciones, las cuales pretenden brindar una alternativa y abrir la posibilidad que en un eventual procedimiento de declaración de herederos vía notarial se pueda declarar e incluir en el mismo al concebido, de manera tal que no se afecten sus derechos sobre la masa hereditaria pero tampoco los derechos de los demás herederos.
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    ¿Comunicación inexacta o comunicación incompleta de Hechos de Importancia?: Un análisis a raíz del principio de tipicidad
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-18) Arce Rodriguez, Mario Marcelo; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    En materia del mercado de valores, la difusión de información toma un rol central para la correcta determinación de los precios de los valores mobiliarios transados y la reducción de la brecha informativa entre los emisores y los inversionistas. En tal sentido, atendiendo al principio de transparencia del mercado, el Estado ha establecido, para los emisores, la obligación de comunicación de información periódica –tales como los reportes y estados financieros- y la comunicación de información eventuales –es decir, los Hechos de Importancia-. Al ser información eventual, los Hechos de Importancia revisten la característica de ser determinables y son definidos a partir de su capacidad de influencia significativa en el mercado. No obstante, la tipificación de las sanciones a raíz de su defectuosa comunicación presenta dificultades para determinar el ámbito de aplicación respecto a si éstos son Hechos de Importancia inexactos o incompletos. Como objetivo de la presente investigación, se buscará analizar si la mencionada tipificación cumple con el principio de tipicidad establecido en Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y, de ser el caso, se plantearán alternativas de solución
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    La regularización de edificaciones en la Ley 27157. Criterios adoptados por el Tribunal Registral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-05) Matos Guzmán, Jhoel Lincoln; Arata Solís, Rómulo Moisés
    El presente trabajo busca a partir de la normativa aplicable y de los pronunciamientos emitidos por el Tribunal Registral, encontrar los criterios aplicables en sede registral al procedimiento de regularización de edificaciones al amparo de la Ley 27157, a fin de facilitar la inscripción del referido acto en el registro de predios. En ese sentido, se hace un análisis del marco normativo, de los requisitos para la inscripción de la regularización de edificaciones y se desarrolla los criterios adoptados por el Tribunal Registral.
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    Las implicancias de los límites a la calificación registral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-05) Salazar Ruiz de Castilla, Mariajosé; Becerra Sosaya, Marco Antonio
    Es cierto que conforme avanza el tiempo el procedimiento registral va mejorando en busca de ser más eficaz y generar menos trabas para la sociedad. No obstante, hasta ahora existen ciertos límites dentro del procedimiento registral que en algunos casos no permiten que se culmine con el procedimiento registral dentro de sede administrativa y más bien exige que se continúe con el mismo en sede judicial, tal y como son los casos en los que se presentan lagunas de derecho. Por lo anterior, es el objetivo de este trabajo evaluar, en conjunto, el procedimiento registral y, de manera específica, la función que tienen los Registradores Públicos y el Tribunal Registral frente a las lagunas de derecho para finalmente evaluar si efectivamente la regulación debería permitir que en sede administrativa se aplique integración jurídica para completar lagunas de derecho, tomando en consideración las salidas que nos da la teoría general del derecho.
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    Análisis de la Resolución No. 065-2020-CD/OSIPTEL
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-04) Fuentes Ñique, Sandra Judith; Deza Sandoval, Tommy Ricker
    Durante el contexto de pandemia, los servicios públicos de telecomunicaciones cobraron gran importancia al punto de ser equiparados con los servicios básicos de agua o luz. Dicho reconocimiento social generó que tanto el Congreso de la República como OSIPTEL emitieran diversas normas con miras a fiscalizar la adecuada provisión de los servicios públicos de telecomunicaciones. En ese contexto de intenso ejercicio normativo, cabe preguntarnos si las entidades estatales analizan el impacto regulatorio de sus propuestas previo a la emisión de las mismas. El propósito del presente trabajo es analizar uno de los proyectos normativos de OSIPTEL más cuestionados, a fin de identificar si la entidad prioriza la utilización de medidas alternativas al ejercicio de la potestad normativa para regular la provisión de servicios. En el presente trabajo utilizaremos la teoría del impacto regulatorio concluyendo que OSIPTEL, en aras de “proteger a la sociedad”, puede llegar a perder de vista cuándo es necesario imponer normas gravosas.
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    La buena administración y la facultad discrecional en los cambios generales de colocación de oficiales de la Policía Nacional del Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-04) Alvarez Raico, Maythe Katherine; Segura Alania, Joel Freddy
    La Policía Nacional del Perú en virtud de la normatividad vigente, de manera anual realiza el proceso de Cambios Generales de Colocación de los Oficiales, el presente trabajo de investigación se va a desarrollar desde una visión de la buena administración, siguiendo a los principios de meritocracia, transparencia y corrección, instrumentos que permiten garantizar de manera eficiente y eficaz el procedimiento de asignación del personal policial, el cual está constituido por profesionales capacitados en el ámbito operativo y administrativo, con conocimientos especializados, habilidades y destrezas para desempeñar un puesto y/o cargo, con la finalidad de cumplir lo regulado en el artículo 166° de la Constitución Política del Perú, como es la de garantizar el orden interno, así como prestar ayuda y protección a la comunidad y a las personas. Esta investigación tiene como objetivo aplicar los principios de buena administración, como la meritocracia, la transparencia y la corrección, en los cambios generales de colocación de los Oficiales de la Policía Nacional del Perú, y determinar si la materialización de estos principios en el mencionado proceso garantiza un eficiente y efectivo cumplimiento de sus funciones policiales, que coadyuve al eficaz cumplimiento de sus funciones, como velar por la seguridad ciudadana y mantener el orden interno. Asimismo, se establecerá cómo el principio de buena administración, a través de sus sub principios pueden orientar el procedimiento administrativo de forma positiva en los Cambios Generales de Colocación en la Policía Nacional del Perú, y que esta asignación del personal no devenga en arbitrariedades, actos de corrupción o favoritismos, que deslegitimen la línea de carrera de los oficiales; sino por el contrario, que esta sea realizado dentro de un accionar legítimo de la institución policial, en el cual los Oficiales sean promovidos o asignados con un criterio objetivo, meritorio y transparente, a fin de responder a las exigencias de un servicio policial de calidad y que satisfaga los intereses colectivos.