Derecho Constitucional
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Ítem Texto completo enlazado La implementación de la cuestión de inconstitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional en el sistema de control constitucional peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-29) Rojas Silva, Piero Angello; Siles Vallejos, Abraham SantiagoEl presente trabajo de tesis, analiza en concreto el control constitucional, por un lado, el control constitucional difuso y por otro el control constitucional concentrado, ello con la finalidad de tener claro ambos conceptos, además de estudiar brevemente el tipo de control constitucional que tenemos en Latinoamérica, así como el que funciona en Europa. También este trabajo de investigación analiza en control constitucional realizado en nuestro país, revisando brevemente sus orígenes, hasta la actualidad, para lo cual luego de analizar el vigente marco constitucional respecto al control difuso realizado por la Corte Suprema de Justicia de la República, además de advertir graves deficiencias en cuanto a dicha labor de control constitucional, es que, proponemos se pueda implementar en nuestro país la figura de la Cuestión de Inconstitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional, la cual desde nuestra postura, viene funcionando de manera adecuada en España, país de donde hemos heredado y tenemos como referente gran parte de sus instituciones jurídicas, y en lo particular en lo que se refiere al control constitucional. Es así que, sustentamos resulta viable la implementación de la cuestión de inconstitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional peruano, pues la Corte Suprema ha evidenciado un déficit en cuanto a la labor de control de constitucionalidad, habiendo identificando su problemática en la provisionalidad de los jueces supremos que integran las Salas Constitucionales, además de la transitoriedad de estas Salas. Por tanto, consideramos viable que el Tribunal Constitucional pueda realizar la labor de hacer control constitucional respecto a los casos donde a un juez ordinario le surja una duda respecto a la constitucionalidad de una norma en un caso concreto, y que sea el Tribunal Constitucional a través de una sentencia determine los que corresponda y que los efectos de su sentencia donde se haya planteado la Cuestión de Inconstitucionalidad, tenga efectos erga omnes, y pueda expulsar la norma inconstitucional de ser el caso o por el contrario, ratifique la constitucionalidad de la norma en cuestión.Ítem Desconocido Constitucionalidad del plazo legal de prisión preventiva aplicado a los adultos mayores en el proceso penal peruano: Un problema de inobservancia de principios(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-12-15) Chavez Velasquez, Gerardo Humberto; Cairo Roldán, José OmarLa utilización de la figura conocida como “prisión preventiva” en los actuales ordenamientos procesales resulta ciertamente controversial, ello se debe a que en el modelo que se conoce como Estado Constitucional, se asume que la privación de libertad de una persona sobre quien recae la imputación de un determinado delito reviste un carácter excepcional, de tal manera que se afirma que la regla general es el procesamiento de un individuo en situación de libertad, postura que se ve reforzada con el fenómeno de la constitucionalización del derecho en general y procesal penal en particular. Independientemente de los clásicos presupuestos materiales que se requieren para imposición de la prisión preventiva, la presente investigación se centrará en determinar si los plazos de duración que se han previsto en la legislación peruana para la aplicación de esta figura, guardan correspondencia con el contenido de la garantía del plazo razonable, con especial énfasis cuando el afectado con dicha medida es una persona que pertenece al grupo etario de los adultos mayores, quienes sufrirán las consecuencias propias del régimen carcelario de nuestro país. Estando a lo expuesto, la hipótesis que ensayamos estriba en afirmar la existencia de una contradicción entre los plazos de duración de la prisión preventiva regulados en la ley peruana, cuando ello es confrontado con principios de rango constitucional tales como la presunción de inocencia, necesidad, excepcionalidad, razonabilidad, etc. En ese orden de ideas, realizaremos un análisis a partir de la dogmática procesal penal, así como de las sentencias de Tribunales nacionales y supranacionales en relación al tratamiento del plazo razonable, además de abordar el tópico de la realidad carcelaria y de los adultos mayores en nuestro país, para finalmente terminar concluyendo que debe haber una reducción de los plazos de duración de prisión preventiva por atentar contra la dignidad humanaÍtem Texto completo enlazado El derecho a la protección de datos personales de los trabajadores frente al control laboral a través del Sistema De Geolocalización GPS. Límites y propuestas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-24) Zamudio Salinas, María de Lourdes; Revilla Izquierdo, Milagros AuroraEn el Perú existe una situación de falta de regulación específica sobre la protección de los datos personales de los trabajadores en el ámbito laboral, y en particular sobre el tratamiento de sus datos geolocalizados. Tampoco existen criterios jurisprudenciales ni administrativos al respecto. Situación que sumada al uso, cada vez más frecuente, de la tecnología del GPS por parte del empleador, dificulta que este actúe dentro de los límites, que le corresponden, a su facultad de control laboral sobre la persona de sus trabajadores, favoreciendo un escenario de violación de derechos fundamentales de estos. Frente a la situación problemática descrita; se abordará la necesidad de la interpretación y aplicación adecuada de los principios rectores de la protección de datos personales al tratamiento de los datos geolocalizados de los trabajadores con fines de control laboral; así como, propuestas de regulación a nivel de la normativa general; y de la normativa interna de la empresa, tanto obligatoria como consensual. De las conclusiones destacamos la necesidad de que, antes que el empleador utilice la geolocalización como medida de control laboral, deberá, someterla al principio constitucional de proporcionalidad; para luego de superado el mismo, evaluar su implementación definitiva, previa adecuación a la normativa sobre protección de datos personales.Ítem Texto completo enlazado Los deberes fundamentales de naturaleza pública en el Perú y el sistema de puntajes de vinculación republicana(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-06-25) Pomareda Muñoz, Diego Alonso; León Vásquez, Jorge LuisEs momento que en el Perú dejemos de ver a los problemas y la suerte de los demás como cosa ajena. En una república de auténticos ciudadanos la patria es el otro, la participación política la clave del desarrollo y los deberes fundamentales la forma de concretizar una solidaridad que se nutre del bien común, la dignidad humana y la libertad individual. En esta investigación, el principal problema identificado, ha sido la ineficacia de las responsabilidades públicas que se da como consecuencia de: (i) la ausencia del desarrollo dogmático de la naturaleza de los deberes fundamentales en el marco de la Constitución; (ii) la inexistencia de un diseño institucional que logre materializarlos (políticas públicas y leyes); y, (iii) la falta de incentivos para que la ciudadanía perciba a los deberes como acciones cotidianas y no como actos heroicos u obligaciones en sentido estricto. Por tal motivo, planteo las bases doctrinarias, constitucionales, filosóficas y prácticas a efectos de lograr un ordenamiento jurídico en términos de deberes fundamentales. De esta manera, propongo un inédito sistema de puntajes de vinculación republicana que procura concretizar los deberes de las personas en el ámbito público y, de este modo, puedan comprenderse los mismos de manera sistémica, con mecanismos determinados para su realización, con una asignación de puntajes para lograr un control y registro de cumplimiento y, de tal modo, se puedan llevar a cabo a través de exigencias mínimas y de incentivos. Por ejemplo, a partir de este sistema, los deberes medioambientales podrían ser cumplidos mediante el reciclaje, el empleo de energía renovable, el uso de transporte sostenible, mejorando el entorno natural de otros seres vivos o conservando el medio ambiente a través de acciones participativas concretas. Dichos deberes positivos, diseñados de manera alternativa y a elección del ciudadano, tendrían puntajes fijos, una periodicidad determinada, una exigibilidad mínima y sanciones en caso de incumplimiento o recompensas si se superan los estándares básicos de republicanismo cívico. Dicho sistema, que tiene como cimiento el estudio de la dogmática jurídica, los antecedentes históricos, la jurisprudencia constitucional, la experiencia comparada y el desarrollo filosófico republicano de los deberes fundamentales, busca, en definitiva, generar mayor ciudadanía, poner en práctica la solidaridad y permitir la máxima eficacia tanto de los derechos como de los deberes fundamentales en el constitucionalismo contemporáneo, más aún en contextos como en el que nos encontramos.Ítem Texto completo enlazado “LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ: Su Influencia en el Derecho Municipal Peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-22) Romero Chávez, Saúl Nicolás; Rubio Correa, Marcial AntonioLa presente tesis sobre la Constitución de Cádiz y su influencia en el derecho municipal peruano se justifica en la necesidad de establecer que nuestro municipalismo es fruto del liberalismo de la carta gaditana, que tuvo, a su vez, como fuente el contexto político e histórico anterior a la carta, que originó el decaimiento del antiguo régimen y, con ello, la concepción del monarca como gobernante omnímodo, cuya legitimidad era divina, sin participación del pueblo. El objetivo de la investigación es establecer la ligazón, el nexo entre política y Constitución, en la medida que el contexto político (la invasión de Napoleón) originó que se dé un instrumento normativo que encauce el poder político; y así se evidencia que nuestra hipótesis es que el poder político necesita delimitarse. Otro objetivo es evidenciar que la influencia ideológica de la Constitución de Cádiz se trasladó a la búsqueda de la emancipación política de nuestro país. La teoría de la investigación es que los postulados ideológicos de la Constitución de Cádiz terminaron por derrumbar la idea del poder como designio de Dios y dieron lugar a una descentralización del poder político mediante una nueva organización territorial del Estado, donde la democracia se inicia en los pueblos y el municipio es un órgano de gobierno local. Los resultados de la investigación nos permiten sostener que el municipio como órgano de gobierno local es fruto de la concepción liberal de la Constitución de Cádiz, y que perdura a lo largo del tiempo. Finalmente, la conclusión de la tesis es que el municipalismo en el Perú es fruto de la concepción ideológica de la Constitución de Cádiz, que no solo descentralizó el poder político, sino fundamentalmente, legitimó éste a través del sufragio, convirtiendo al súbdito de antes por el ciudadano de ahora.Ítem Texto completo enlazado Los derechos fundamentales y la diversidad sexual(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-01-27) Soto Farfan, Maria Victoria; Alvites Alvites, Elena CeciliaTras la Segunda Guerra Mundial y las nefastas atrocidades cometidas en ellas, se crea el Sistema Universal e Interamericano de protección de Derechos Humanos que recoge valores comunes mínimos de la civilidad como la igualdad y no discriminación los cuales integran la dignidad humana; principios-derechos que han sido recogidos por nuestra Constitución. En este contexto de derechos fundamentales se enmarca la presente tesis, dado que tiene como objetivo principal evidenciar que las personas LGTBI aún padecen discriminación social, legislativa y judicial, por el hecho de tener una sexualidad no binaria o heteronormativa convirtiéndolos en ciudadanos de segunda clase, carentes de derechos, pues no acceden a derechos tan básicos como la salud, educación, trabajo, el libre desarrollo de la personalidad, entre otros. En ese sentido, a través de un estudio comparativo, descriptivo y analítico de la dogmática de los derechos fundamentales, así como de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de nuestro Tribunal Constitucional se constata dicha situación; asimismo, se advierte la necesidad de reconocer constitucionalmente la unión de las personas homoafectivas a través del matrimonio igualitario, además se compara con la experiencia constitucional en América Latina. Con todo ello, se concluye que la binariedad sexual (varón-mujer) sigue siendo el modelo social imperante que excluye e invisibiliza a las personas LGTBI y no brinda respuestas a sus necesidades ni protege sus derechos, razón por la que el Estado debe adoptar políticas públicas que transversalicen la igualdad de derechos y erradiquen la discriminación contra las personas con sexualidades diversas.Ítem Texto completo enlazado El contenido constitucionalmente protegido de la debida motivación como causal de procedencia de una demanda amparo contra una resolución judicial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-13) Pineda Zevallos, César Jesús; Huerta Guerrero, Luis AlbertoConforme esta normado nuestro actual ordenamiento jurídico constitucional, en lo que respecta a los procesos de jurisdicción de la libertad o de protección de derechos “constitucionales” (1), no es constitucional afirmar el impedimento de incoar una demanda constitucional contra lo resuelto en otro proceso, sea administrativo, privado, judicial e incluso constitucional; afirmar lo contrario implicaría evidenciar que existe una zona exenta de control constitucional lo cual, según lo dispuesto por el Art. 200 Inc. 02 de la Constitución Política (2)se encuentra vedado, así si se impide interponer este tipo de demandas contra lo resuelto en otro proceso conllevaría a afirmar dos supuestos, el primero, que cualquier tipo de proceso siempre será tramitado y resuelto con apego estricto a las disposiciones y normas constitucionales, y/o el segundo, que la Constitución Política no rige para este tipo de procesos; el primero claro está, es un imposible fáctico, pues no existe perfección en los actos del hombre sea cual fuere el hecho a materializar y lo segundo, es un completo desconocimiento al principio de fuerza normativa de la constitución, tal como lo dispone el Art. 51º de la propia Carta Política, en tal sentido y a efecto de proteger los derechos fundamentales del litigante que puedan haber sido conculcados por lo resuelto en otro proceso, es que el ordenamiento jurídico habilita la interposición de una demanda constitucional contra una resolución judicial a fin que cese la afectación inconstitucional.Ítem Texto completo enlazado El principio de interpretación conforme a la constitución como criterio hermenéutico del Tribunal Constitucional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015-10-16) Blume Rocha, Aldo; Bernales Ballesteros, EnriqueNo cabe duda que una de las actividades más importantes en el quehacer de los juristas, sobre todo en el contexto de sociedades cada vez más complejas y con múltiples problemas y necesidades, como es el caso de las sociedades contemporáneas, radica en la interpretación jurídica. Esta actividad, consistente en términos generales, en la operación intelectual en virtud de la cual se adscribe o se otorga un contenido o significado a aquellas normas que regulan los distintos ámbitos de la sociedad, es justamente la que permite concretizar tales normas en la realidad y otorgar respuestas frente a las situaciones o problemas planteados por las distintas circunstancias históricas, sociales y políticas. En otras palabras, es a través de la interpretación jurídica como se pone de manifiesto la naturaleza dinámica e instrumental del Derecho, en tanto permite que este se adapte a los distintos desafíos que la realidad le presenta. Dentro del contexto de la interpretación jurídica, cobra a su vez especial relevancia la interpretación constitucional, en la medida en que en el contexto del Estado Constitucional de Derecho se concibe a la Constitución como norma jurídica suprema, en la que se encuentran establecidos los derechos fundamentales de los ciudadanos y el reparto de competencias de las autoridades estatales, así como los principios y valores que informan todo el ordenamiento jurídico. La Constitución es entonces, tanto lex legis, es decir, la ley de leyes, la norma que ostenta la mayor jerarquía dentro del ordenamiento jurídico, comonorma normarum, es decir, la norma que regula las formas de producción de las distintas fuentes de Derecho presentes dentro del ordenamiento jurídico. Por tanto, a efectos de hacer valer la particular importancia que ostenta la Constitución, los valores y principios en ella contenidos deben ser adecuadamente interpretados y ser tenidos en cuenta por los operadores del Derecho. Como lo explicaremos más adelante, la interpretación constitucional, ya sea tanto por la norma que constituye el objeto de su actividad como por los sujetos que la realizan, presenta determinadas particularidades frente a la interpretación jurídico clásica y se rige por determinados principios, siendo uno de tales principios el principio de interpretación conforme a la Constitución.