Derecho (Lic.)
URI permanente para esta colecciónhttp://54.81.141.168/handle/123456789/9152
Explorar
2 resultados
Resultados de Búsqueda
Ítem Texto completo enlazado Informe sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional en relación con el caso de las hermanas Cieza Fernández contra la Corte Superior de Justicia de Amazonas: El acceso al derecho fundamental a la educación en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-08) Fernández Haaker, Lucía; Bregaglio Lazarte, Renata AnahíEl presente informe trata sobre el derecho fundamental a la educación en una zona rural de la selva del Perú. Es un caso muy importante porque pone en evidencia la precariedad del servicio educativo en el Perú y la postura del Tribunal Constitucional frente a la dificultad para acceder al ejercicio de un derecho fundamental que el Estado Peruano no está en capacidad de garantizar. El problema principal del caso consiste en evidenciar si se vulneró o no el derecho a la educación de las demandantes (dos hermanas con 18 y 19 años) al no contarse con centros educativos idóneos en la zona rural en la que vivían y, al impedírseles la matrícula en un centro de educación básica regular por ser mayores de edad. El TC declaró fundada la demanda señalando que las leyes deben interpretarse a la luz de la Constitución y no a la inversa de modo que, si bien la Ley General de Educación, Ley 28044 y, la Directiva 014-2012- MINEDU/VMGP “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2013 en la educación básica” establecían los criterios para el acceso a .los centros educativos de educación básica regular y de educación básica alternativa, dichas normas debían aplicarse siguiendo los lineamientos constitucionales que regulan los derechos fundamentales y no al revés. Además, la sentencia declaro el estado de cosas inconstitucional. El derecho a la educación es un derecho fundamental regulado -entre otros- en los artículos 13, 14,16 y 17 de la Constitución y en el Perú, además, los derechos humanos se interpretan, de acuerdo con la Cuarta Disposición Final y Transitoria, siguiendo los tratados internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.Ítem Texto completo enlazado La violencia sexual como violencia de Estado en el Conflicto Armado Interno: Análisis, críticas y reflexiones a la aplicación de perspectiva de género de la Sentencia J. vs Perú de la Corte Interamericana de Derechos Humanos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-09-12) Rodríguez Paredes, Indira Zulema; Bregaglio Lazarte, Renata AnahíEl presente trabajo de suficiencia profesional versa sobre la sentencia dada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto al caso J vs. Perú. El método que se usa se basa en la determinación de los hechos jurídicamente relevantes, la identificación y desarrollo de los problemas jurídicos, el análisis de cada uno de ellos, propuestas de la Bachillera, formulación de conclusiones y recomendaciones. De acuerdo al análisis, se observa que la señora J. sufrió detención ilegal y arbitraria, violencia sexual y tortura por razones de género y variables referentes al contexto social y político del conflicto armado interno. Asimismo, sufrió la vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y a la igualdad ante la ley. En ese sentido, se concluye la vulneración de sus derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a no ser sometido a tortura, a las garantías judiciales y a la protección judicial, reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El problema principal radica en determinar si es que el Estado es responsable internacional por actos de violencia sexual perpetrados por sus agentes en perjuicio de la señora J. Por último, es preciso señalar que la perspectiva de género debe aplicarse en el análisis de los casos de violación sexual en el conflicto armado interno ocurrido en Perú en los años 1980 – 2000, en la cual los agentes del Estado perpetraron violencia de género a la mujer como herramienta contrasubversiva. El enfoque es importante para construir un país en justicia transicional y justicia de género.