Derecho, Instituciones y Procesos Históricos XIV Congreso del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano Primera edición, agosto de 2008 Edición de José de la Puente Brunke y Jorge Armando Guevara Gil © Instituto Riva-Agüero de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 2008 Jirón Camaná 459, Lima 1 Teléfono: (51 1) 626-6600 Fax: (51 1) 626-6618 ira@pucp.edu.pe www.pucp.edu.pe/ira Publicación del Instituto Riva-Agüero N° 247 © Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 2008 Av. Universitaria 1801, Lima 32 - Perú Teléfono: (51 1) 626-2650 Fax: (51 1) 626-2913 feditor@pucp.edu.pe www.pucp.edu.pe/publicaciones Foto de cubierta: Estantería de la Dirección del Instituto Riva-Agüero (Lima) Diseño de interiores y cubierta: Fondo Editorial Prohibida la reproducción de este libro por cualquier medio, total o parcialmente, sin permiso expreso de los editores. ISBN Tomo II: 978-9972-42-858-6 Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2008-09998 Impreso en el Perú - Printed in Peru LOS JURISTAS INDIANOS: APUNTES SOMEROS SOBRE SUS ALCANCES, VIDAS Y OBRAS Jorge Basadre Ayulo 1. A ibar y Eslava, Ignacio de El doctor Ignacio de Aibar y Eslava, fue Caballero de la Orden de Santiago, fiscal protector de la Real Audiencia de Quito, su patria, y oidor en 1689. Estudió en Lima en el Colegio de San Martín y en la Universidad de San Marcos. 2. A gia, Miguel de Fue insigne sacerdote de la Orden Franciscana. Había nacido en Valencia en el año de 1550, vistiendo el hábito religioso en Guatemala, según escribe el bibliógrafo José Toribio Medina en la «Imprenta en Lima», y conforme dato contradictorio del mismo en su «Biblioteca Hispano Americana», en su ciudad natal, donde, además, enseñó Filosofía. Hacia los años de 1503 se trasladó de la Península a Nueva España y, poco después, a Guatemala. Probablemente en esa época viajó por vez primera al Perú, siendo en su convento de Lima lector de Teología. Fue doctor en Leyes, Cánones y Teología. 416 Derecho, instituciones y procesos históricos No conseguimos más noticias del padre Agia hasta el año de 1574 en que lo encontramos en Madrid, donde permaneció por asuntos de su profesión religiosa por seis años. En 1620 publicó De exhibendis auxiliis,1 impresa en esa Corte.2 De regreso de España publica en Lima a estos,3 obra que fue acremente impugnada por el sacerdote franciscano Miguel de Aguayo y el jesuita Francisco Coello quien 1 Tratado que contiene / tres pereceres gra-/ves en derecho, qve / ha compvesto el Padre Fray Migvel Agia / de la orden del señor S. Francisco, Varon docto en las faculta / des de Teología, Cánones y Leyes y lector de Theo-/logia enel (sic) muy insigne Convento de S. Fran / cisco de la ciudad delos (sic) reinos del Piru. / Sobre la verdadera inteligencia, declaración, y / justificación de vna Cédula de su Majestad, su fecha de Valladolid en veynte y quatro días de No-/uiembre del año passado de seis- cientos y vno, que trata de del seruicio Personal, y repertimientos / de Indios, que se vsan dar enlos (sic) Reynos del Piru, nueua España, Tierra Firme, y otras / Prouincias de la Indias, para el seruicio de la República, y asientos de / Minas, de oro, Plata, y azogue. / Dirigida al rey Don Phelippe Nvestro / Señor. Y en su Real Nombre Al señor don Luys de Velasco Virrey destos Reynos / y Prouincias del Piru, Tierra Firme y Chile. / (gran escudo de armas imperiales). Con licencia, / Impresso en Lima por Antonio Ricardo natural de Turín / Año. 1604. Fol.-Port.— v. en bl.-Lic. de don Luis de Velasco: 8 de marzo del 1604, 3 págs.s. f., en que se incluyen los pereceres de los oidores Juan Xiemnez de Montalvo y Arias de Ugarte, y el del P. Fr. Benito de Huertas, y al pié la licencia del padre Comisario General de la Orden fray Juan Venido: 24 de Abril de 1604; id. del doctor Muñiz, dean de la Catedral: 27 de Abril de id. y de fray Juan de Montemayor, comisario general que había sido en las provincias del Perú y Tierrafirme: 4 de Mayo de 1604, 3 páginas; id de Diego de Pincha, provincial de los franciscanos del Perú: 23 de Abril de 1604, 1 p.— Id, del doctor Mateo Gònzales de Paz, maestre-escuela de la Catedral: 9 de Mayo de 1604, y del doctor Miguel de Salinas, provisor y vicario general, 4 de Mayo de 1604, 1 p.— Id del doctor Carlos Marcelo, canónigo y catedrático de Visperas de Cánones de la Universidad: 22 de Abril; id, del doctor Feliciano de la Vega, catedrático de Visperas de Leyes: 26 de Abril; id del doctor Cipriano de Medina: 22 de Abril: 2 páginas. s.f.— Id del Lic. Delgado: 4 de Mayo de 1607, y del Lic. Pardo del Castillo, abogado de pobres en el Tribunal del Santo Oficio, 2 de Mayo de id, 2 páginas. s.f., y hacía la mitad de la última, el autor al rey Don Felipe, dedicatoria, que ocupa, además, toda la página siguiente.— Prólogo al cristiano y al piadoso lector, 1p.— Divisiòn de la obra y errata, 1 p.— Catálogo de los autores cristianos y gentiles de cuya doctrina se ha aprovechado el autor en al composición de estos pereceres, 1 p. a cuatro columnas.— Tabla alfabética de las cosas mas notables, 3 páginas s.f. a cuatro columnas.— Texto, 69 páginas.— la 70 la ocupa esta advertencia: «Con las indicaciones arribas dichas, con se justifica la labor de las minas, lo firmaron todos.— Fray Juan Venido, comisario general.— Fray Benito de Huertas.— Fray Juan de Montemayor, padre de todas las provincias del Pirú.— Fray Hicrónimo Valera, lector de teología».— 1 h. bl. Fuentes: Nicolás Antonio, Biblioteca Hispano Nova, tomo II, páginas. 129; Diego De León Pinelo, Epítome, tomo III, cols. 714 y 790; José Toribio Medina, La Imprenta en Lima, tomo I, p. 88. 2 F. Muichaelis Agia, / Valentín, Ordinis / Sancti Francisci publici sacre Theo/ ligicac professoris / De exibendis avxiliis, / siue de inuocatione vtrivsq; brachij, / tractatvs. / Ad Licentiatvm Pavlvm / de Laguna Supremi Indiarum Senatus / praesidem aplissimun. / Anno (Un IHS). 1600. / Cvm privilegio. / Madriti, Apud Ludouicum Sánchez. / (Debajo de una raya:) Vendese en casa de Francisco López; librero en Corte. 3 Port. —v. en bl.— Tasa: Madrid, 7 de Mayo de 1600, 1 p.— Errata, 1 p.— Licentia Superiorum, Abril del 1599, 1 p.— Aprob. Del licenciado Sedeño: Madrid, 29 de Mayo de 1600, 1 página. Real cédula de privilegio para la impresión, 25 de Julio de 1600, pp.— Epístola nuncupatoria, 4 pp.s.f. Ad. lectorem, 2 pp Dísticos latinos del impresor Sánchez en elogio del autor y de su obra, y un epigrama latino de Vicen- te Menor, clérigo, al mismo tema, 2 pp.— Index Incor, Sac. Scrip., 4pp s.F.— Capita juris canonici, 3pp. Fuentes: Nicolás Antonio, Biblioteca Hispano Nova, tomo II, p. 129; José Toribio Medina, Biblioteca Hispano Americana, tomo I, p. 549. 417Los juristas indianos n Jorge Basadre Ayulo había sido miembro de la Audiencia de Lima. Juan de Solórzano Pereira, en su «Política Indiana» tampoco acepta las opiniones de Agia sobre estas materias, tan cruciales en ese momento histórico. Influyó sobre el virrey Luis de Velasco para que diera fuerza a la Cédula dada en Valladolid el 24 de noviembre de 1601 sobre el servicio personal de los aborígenes, aunque Agia después llegó a retractarse de su opinión inicial favorable a que el servicio personal comprendiera las minas de azogue de Huancavelica. Después del año de 1604 no encontramos noticia alguna sobre este jurista, y no sabemos si regresó nuevamente a España o si falleció en el Perú. No hemos podido ubicar su partida de defunción en Lima. 3. A guiar y Acuña, Rodrigo de Aunque la permanencia de este portentoso jurisconsulto en América, es tal vez dema- siado corta para poderlo considerar entre aquellos que, no siendo naturales del Virrei- nato del Perú, pusieron a su servicio su talento y ciencia, debemos incluirlo en este trabajo, pues Aguiar, madrileño de origen, oidor de Quito y miembro del Consejo de Indias, dedicó por entero todas sus energías a la importante obra de la Recopilación General de las Leyes Indias, que culminó en 1680. El profesor argentino Ricardo Le- vene ha expuesto sobre la obra del Aguiar y Acuña que por «la inmensidad de la labor no hubo quien la apeteciese». Los «Sumarios de la Recopilación»4 de Rodrigo de Aguiar y Acuña aparecidos en 1628 quedaron divididas en ocho libros y estos en dos partes, siguiendo el plan de las Partidas y la Recopilación de Castilla. Utilizó un método semejante al Digesto, omitiendo las disposiciones derogadas y mencionando solo a las vigentes. Aguiar, no vio concluida su obra, en la que le auxiliara tan eficaz— mente el americano don Antonio de León Pinedo, y solo llegó a publicar los «Sumarios de la Recopilación General de las Leyes de Indias», impreso en Madrid en 1628. Falleció el 05 de octubre del siguiente año en esa ciudad, recibiendo el calificativo de «digno Triboniano de la Recopilación de Leyes». Antonio de León Pinelo y Juan de Solórzano y Pereyra, reemplazaron, sucesiva- mente, a don Rodrigo de Aguiar y Acuña en sus trabajos de compilación de leyes.5 4 Sumarios de la Recopilación de las Leyes, provisiones, cédulas, instituciones y cartas acordadas, que por los Reyes Católicos se han promulgado… para las Indias Occidentales, islas y Tierra Firme del mar Océano… por el licenciado don Rodrigo de Aguiar y Acuña. Madrid, por Juan González, 1678. 5 Sumarios de las cédulas, Órdenes y revisiones reales que se han despachado para su majestad para la Nueva España y otras partes por el Oidor Juan Francisco de Montemayor, Méjico, 1677. Fuentes: José Toribio Medina, Biblioteca Hispano Americana, tomo II, p. 262; Jorge Basadre, Historia del Derecho Peruano, p. 244. 418 Derecho, instituciones y procesos históricos 4. A larcón y Alcocer, Sebastián de6 Descendiente de una distinguida familia radicada en Lima desde los primeros años de la colonia, el limeño Sebastián de Alarcón, alcanzó por sus cualidades y servicios prestados al virreinato, una alta posición y el desempeño de importantes cargos, en la administración y en la enseñanza. Hizo sus estudios en el Colegio de San Martín, Real de San Felipe y en la Uni- versidad de San Marcos del que fuera catedrático de Vísperas de Leyes y su rector por los años de 1628. Asesor de Ilustre Cabildo y Regimiento de la ciudad de los Reyes, desde 1618. En 1627 fue regidor perpetuo de Lima. En 1633, oidor de la Audiencia de Charcas, y más tarde, oidor de la de Lima, como premio y reconocimiento a sus méritos.7 5. A lfaro, Francisco de8 Notable jurisconsulto sevillano, cuyo criterio jurídico, recto juicio, prudencia y am- plio conocimiento de las leyes hicieron que los comentaristas de su época respetaran y 6 El Doctor Don / Sebastián de Alarcón Oydor / de la Real Audiencia de Lima, haziendo / oficio de Fiscal en ella. / En la / cavsa con Ivan Flores, y demás / renunciatorios en el oficio de Alguazil mayor de la vi-/lla de Guancauelica, sobre la renunciación del dicho / oficio, y deuerse de declarar por nula, por defecto de tér/mino, por no auerse cumplido el de los veinte días, que / requieren las cédulas de su Ma- gestad, con la vltimas / horas del primero, en que se otorgó la renunciación del / dicho oficio, y primeras del vltimo, en que murió el / renunciante, y auerse de vendedor por cuen-/ ta de la Real Hacienda. / Representa / a V. Magestad los fvndamen-/ tos de derecho, que se pueden ofrecer por el del Real Fisco, / para que en este caso, y en los demás que ocurrienren de la mis-/ma calidad, se cumplan indistintimente de lso veinte días per-/fectos de la renunciaciones, que es copia del mesmo informe, / que presentó en al Audiencia de Lima, para la determi-/nación desta misma causa, que todavía está / pendiente en ella. Fol.— 8 Hojas foliadas: José Toribio De Medina, La Imprenta en Lima, tomo III, p. 437. 7 Copia de escrito, y petición, que el / Doctor D. Sebastián de Alarcón, Oidor de la Real Audien-/cia de Lima, remitió a la Villa Imperial de Potosí, en respues-/ta del auto que desde ella le embió a notificar el Licenciado D. Iuan Goncalez de Peñafiel. Oydor de la misma Audiencia, Iuez Comisario por el Real Consejo, para la aueriguación del / testamento de Andrés, como vino de los juezes, que lo / fueron en la causa, en orden a que remitiesse poder por si en la sustanciación de ella, resultase algún cargo contra el susodicho; y / lo añadió después de conclusa la causa. Fol.— 6 Hojas s. f., con el v. de la última en bl.- Sin fecha (siglo XVII).— Parece impresión de Lima: José Toribio De Medina, La Imprenta en Lima, tomo. III, p. 438. 8 Don / Francisci / de Alfaro Regii in / Argentina Chancelaria Reg-/ norum Pirv Fiscalis, / Procvra- toris. / Tractatvs, / de officio Fiscalis, / Deque Fiscalibus priuilegijs. / Ad Philippvm Tertivin, Hipa- nia— /rum & Noui orbis Regem Catholicum, inuictissi-/ mun, potentissimum./ Anno (Gr. e. de, a. r.).1606. / Cvn privilegio. / Vallesoleti, Apud Ludouicum Sanchez. / (Colofón Vallesoleti / Apud Ludouicum Sanchez. / Anno M. DC. VI. Fol.— Port-v. en bl.— 3 hojas. Prels. S.f.— 362 pp. A dos cols.— Index rerum, 33 Hojas s.f., con el v. de la última en bl. Prels.: Tasa: Valladolid, 10 de Nov. De 1605.— Erratas: Madrid,, 18 de Oct. De 1605.— Aprob. Del Lic. Egidio Ramírez de Arellano: Va- llesoleti, idus de Marzo de 1604.— Real cédula de lic. y pri.: Valladolid, I° de junio de 1604.— Dedi- catoria. Nicolás Antonio, Biblioteca Hispano Nova, tomo. I, p. 398, José Toribio Medina, Biblioteca Hispano Americana, tomo II, p. 74. 419Los juristas indianos n Jorge Basadre Ayulo en muchas ocasiones aceptaron sus opiniones, en los problemas legales a que dio lugar la conquista, tan controvertidas a principios del período indiano. Ocupó en América importantes cargos como Fiscal de la Audiencia de Panamá en 1594; Fiscal de la Audiencia de Charcas, según Solórzano en su célebre Política Indiana, en 1599; Oidor de la de Lima a principios del siguiente siglo, y Presidente de la Charcas en 1632. Nombrado Consejero de Indias, abandonó el Perú, dirigiéndose a España a hacerse cargo de su nueva plaza. Durante los gobiernos del Conde de Monterrey y del Marqués de Montesclaros se le nombró Visitador de Yanaconas, con el objeto de formar un censo de los indígenas que, como tales tenían los españoles en sus propiedades. Alfaro escribió una obra intitulada: «Tractatus de officio Fiscalis, Deeque Fiscalu- bus priulegijs», editada en Valladolid en la imprenta de Ludovico Sánchez en el año de 1606. 6. A ltamirano, Diego de Fue uno de los Oidores de la Audiencia de Lima cuando fue reinstalada al regresar de España el licenciado Pedro de la Gasca. Su actuación fue funesta: en el año 1552 hizo dar tormento al acusado en la causa por conspiración a don Luis de Vargas, quien después fue ahorcado. Después hizo ahorcar al capitán don Salvador Lezama en la conspiración de Francisco Hernández Girón. 7. A lvarado, Alonso de Podemos considerar a don Alonso o Alfonso de Alvarado como uno de los primeros escritores peruanos de la colonia. Resalta lamentablemente que los datos que acer- ca de él poseemos sean tan escasos. Las referencias de sus contemporáneos solo nos permite afirmar que era peruano, acaso de Lima; que sus disposiciones literarias y su cultura jurídica eran grandes y que escribió dos obras cuyos títulos han llegado hasta nosotros. Se ha dicho refiriéndose a este jurista: «Alonso de Alvarado, natural del Perú, imprimió dos libros, en que se muestra no menos elocuente retórico que consumado filósofo. Y Nicolás Antonio afirma también que es peruano y que una obra titulada: «In Ciceronis oritiones analysys et enarrationis Logicae, Rethoricae, Ethicae, Politi- cae, Historicae. Basilea» apud Koning, 1544, 4°. Imprimió en la ciudad de Basilea dos tratados: uno de Filosofía y otro «Materias Jurídicas».9 9 Arrium differendi ae dicendi indissolubili vinculo junctarum libri duo. Auctore Alphonsus de Alvarado. Basilcae, 1600, 8°. Nicolás Antonio, Biblioteca Hispano Nova, tomo I. p. 10; José Toribio Medina, Biblioteca Hispano Americana, tomo I, p. 597. 420 Derecho, instituciones y procesos históricos De la enorme diferencia de casi medio siglo, entre las fecha de impresión de la obra citada por Nicolás Antonio, y de la mencionada por José Toribio Medina, opina este, que es no es posible que un escritor nacido en el Perú, imprimiera una obra en el año 1544, cuando no hacía dos lustros de su descubrimiento, y que es muy grande la diferencia existente entre las dos fechas de la impresión de sus citadas obras, y que por consiguiente o está errada la fecha que consigna Nicolás Antonio o no son los dos escritos frutos de la misma persona y en consecuencia existe suplan- tación de autores. 8. A lvarez del Ron, Bernardo Manuel de Mendiburu considera que este jurista fue de los más capaces y distingui- dos que hubo en Lima en el siglo XVIII. Fue asesor del Juzgado de Lanzas en 1793, y también en el virreinato en época del Marqués del Castell-Fuerte. Desempeñó la cátedra de Digesto Viejo del Colegio Real del San Felipe, del que fue rector y Decreto del Código en la Universidad de San Marcos. Fue casado con doña Melchora Zúñiga, de cuya unión nació el doctor Antonio Alvarez del Ron Zúñiga. 9. A lvarez del Ron Zúñiga, Antonio Natural de Lima, fue célebre como doctor, abogado y opositor a cátedras. Su retrato está en la Universidad de San Marcos en la Casona del Parque Universitario. 10. Alvarez Gato, Francisco10 Fue miembro de una familia de abolengo en Lima por lo que cedió el nombre de Gato a la calle en que vivía. En su existencia fue regidor perpetuo del Cabildo de Lima y recu- rrió a documentos con las reales órdenes que existían en la Municipalidad de Lima. 11. Astorga, Pedro de Este distinguido jurista nació en Lima e hizo sus estudios en el Seminario de Santo Toribio, ingresando a la Universidad de San Marcos, donde desempeñó las cátedras de Código, de Leyes y de Decreto. 10 Francisco Álvarez Gato, Colección de Reales Órdenes, Lima 1713, 3 volúmenes; Pedro N. Vidau- rre, Relación Cronológica de los Alcaldes del Ayuntamiento de Lima, p. 48; Enrique Torres Saldamando, Libro Primero de Cabildos de Lima, Parte Segunda (apéndice), p. 382. 421Los juristas indianos n Jorge Basadre Ayulo Asesor del Virreinato durante los gobiernos del Conde de Castellar y del Virrey Arzobispo D. Melchor de Liñán, Corregidor y Justicia mayor del Pueblo del Cercado. Ingresó al estado eclesiástico y fue canónigo doctoral de la Santa Iglesia Catedral de Lima. Insertamos a continuación los datos que nos proporcionan Echave, acerca de este jurista: «Cátedra de Decreto, con renta de seiscientos pesos ensayados: tiénela el Doctor D. Pedro de Astorga,11 Asesor general que ha sido de los señores virreyes en el despacho y causa de indios: Abogado desta Real Audiencia: Antiguo honor de la Beca del Beato Toribio en su Colegio Seminario, y siempre crédito grande de la Academia en sus oposiciones y regencias».12 12. Arriola Valerdi, Martín de13 Oidor de Lima. Nació en San Sebastián de Guipúzcoa y estudió en San Bartolomé de Salamanca, en cuyo colegio mayor entró el 17 de febrero de 1622. El 13 de se- tiembre de 1625 se graduó de Licenciado en Leyes, siendo bachiller canonista, y el 17 de febrero 1627, le nombró el Rey como oidor de Chuquisaca.14 En 1634, vino de oidor a Lima, y en el de 1637 dirigió la obra de cal y piedra que se conoce por el Tajamar, en el río Rimac, que costó más de 50 mil pesos en esa época. En 1643 pasó de gobernador a Huancavelica donde prestó notables servicios en el arreglo y progreso 11 Informamos por parte de Manvel / de los Olivos, en la causa contra el que sigue Don Francisco Naurarrete, como Podatario del Licenc.. Miguel de León, / sobre que se declare por fideicomissaria, y en confianza la heren-/cia que dexó Iuan Gutierrez al Licenciado Jerónimo de Ore-/ llana Garrido: y consiguientemente la que este dexó a Manuel / de los Oliuos, para que se reboque la sentencia / Mayor de bienes de difuntos, &c. Fol.— 7 Hojas s.f.— Suscrito el ejemplar, de letra manuscrita, por le Doctor Astorga; José Toribio de Medina, La Imprenta de Lima, tomo III, p. 445. 12 11.— Ivstam rem/ faci-/lem esse oratam a vobis volo / Plaut Amph. / La causa que sigue el Doctor D. Melchor Vasquez con doñaJuana / Manuel de Soto, sobre la nulidad de la venta de vna Chacara, / que está conclusa en revista con prueba reservada, y para y para que se reuno-/que la sentencia de vista que se dio a favor de la Compradora, su_/plica a.v. m. el Actor haga juicio de los derechos que le asisten. Fol.— 10 Hojas, la última s.f., y con el verso en bl.— Suscrita por le doctor Pedro de Astorga y Figue- roa.— Sin lugar ni fecha, pero de Lima y del siglo XVII. José Toribio Medina, La Imprenta en Lima, tomo III, p. 492. 13 José Toribio Medina, La Imprenta en Lima, Tomo I, ps. 315 y 420. 14 Practica, e instrucción para albaceas, tutores, y curadores que administran bienes de Menores. Dispuesta por Domingo Gómez de Silva. Defensores General. Y Curador ad-litem de menores. Dirigida al señor don Martin (sic) de Arriola, del Consejo de su Majestad, y su Oidor, en esta real audiencia de los Reyes. Año de (Viñeta). 1640. Con licencia (Filete). Impresa en Lima por Pedro de Cabrera, impresor de esta ciudad de los Reyes. — Fol.— Port.-v. en bl.— 10 Hojas foliadas y 1 si foliar de preliminares.— 30 Hojas de folia- ción diversa, con el v. de la ultima en bl.— Dentro de filetes.— Prels:— Memorial al Virrey Marqués de Mancera.— Solicitud para el Cabildo dela ciudad las examine: Lima, 20 de setiembre de 1630.— Titulo de defensor general concedido al autor: Los Reyes, 26 de agosto de 1605.— Decreto para que den su parecer el fiscal y otros: Lima, 19 de febrero de 1639.— Decreto.— informe de los mismos.— Dedica- toria.— Al lector, salud.— Versos del bachiller Esteban Félix de Arrona en elogio del autor: Lima, 05 de febrero de 1640. 422 Derecho, instituciones y procesos históricos del mineral de azogue, del que se sacaron en su época 19,933 quintales. A su regreso a Lima desempeñó la importante comisión de la fábrica de las murallas del Callao cuya obra duró seis años. Falleció en 1653, después de haberle el Rey concedido el hábito de la Orden de Alcántara y una plaza en el Supremo Consejo de Indias.15 13. Arris, Jose de Natural de Lima de donde hizo con fruto largos estudios, y obtuvo la cátedra de Vísperas de Leyes de la Universidad de San Marcos. Fue abogado de crédito, muy apreciado por su literatura,16 y miembro de la Sociedad Amantes del País que fundó el periódico histórico «Mercurio Peruano» a fines del siglo XVIII.17 En 1778, era ya agente fiscal de lo civil de esta Real Audiencia, empleo que sirvió hasta 1781, con aceptación. Confiole el rey honores de oidor de la de Chuquisaca en 1790. Fuese por falta de ambición, o por esperar recompensa a su mérito sin preten- siones activas de su parte, él no avanzó otra cosa en su carrera pública de más de 43 años. En el de 1813, se le nombró miembro de la Junta Censora de Imprenta, cuando se juró en esta ciudad la Constitución española. Proclamada la Independencia, se le hizo Vocal de la Alta Cámara de Justicia. Falleció en el año 1822. 15 Relación de la Real y suntuosa pompa, con que el señor (sic) Presidente de esta Real Audiencia de Culto D. Martín de Arriola Caballero de Hábito de Alcántara, y la señora Presidente Doña Josefa de Aramburú su esposa, festejaron al gloriosisímo Patriarca San Joseph, en el Convento de Nuestra Señora de los Mercedes Redención de Cautivos. Predicando a la fiesta nuestra M.R.P. Fr. Juan de Isturrizaga, calificador del Santo Oficio, Provincial del Orden de Predicadores. Con licencia, impreso en Lima, por Luis de Lyra.— Año de 1622.— 4°.— Port.— v. en bl.— Aprob. Del dominico Fr. Blas de Acosta, 2 de noviembre de 1651, 1 Hoja.— Id. de Fr. Pedro de Velasco, mercedario, 8 de diciembre de 1651, 3 pp. s. f.— Silvas anónimas, 11 páginas s.f.— Décimas al sermón de Fr. Juan de Isturrizaga, por el her- mano Francisco Mosquera, de la compañía de Jesús 2 pp. s., y al píe de la ultima otra del jesuita José de Lizarazu.— Otra, 1 p.— Décimas de Cristóbal de Arbiedo, cura de Latacunga, 3 pp. s. f.— Id de Juan Oviedo, cura de la parroquia de San Marcos de Quito, 3 pp. s. f.— A continuación como portada aparte, se encuentra:— Sermón en la solemnidad del Glorioso Patriarca San Joseph esposo de la virgen, que celebró en el Convento de N.S. (sic) de la Mercedes el señor don Martín de Arriola, cavallero del Órden de Alcántara, del Consejo de su majestad y su Presidente de N.S. de las Mercedes al dicho Señor Presidente D. Martín de Arriola. Con licencia, en Lima, por Luis de Lycra.— Año de 1622.— Ded. 6pp. f.— Texto 20 hojas y 1 en bl.— B.N.S. 16 Pruebas literarias del mérito, que en la oposición a la cátedra de Código de la Real Universidad de San Marcos de esta Capital, acreditó el Dr. Joseph de Arris Agente Fiscal Audiencia de ella. Impreso en Lima: en la Imprenta Real de la Casa de los Niños Expositos. Año de M. DCC. LXXXV.— Fol.— Port. Y epígrafe de la Cicerón en el reverso.— Solicitud a la Universidad y diligencias previas para la publicación, 2 Hojas s.f.— Con nueva portada. 17 Elogio del Exemo. Señor don Ambrosio O’ Higgins, Marques de Osorno, Virrey del Perú; que como prolusión de la réplica del acto literario dedicado a su Exc. Por don Francisco de Arris, Colegial del Real Convictorio de San Carlos, defendido para obtener los grados de Licenciado y Doctor en Sagrados Cánones, Catedrático de Vísperas de Leyes, padre del graduando.— 4° Port.-v. con un epígrafe de Táci- to.— 17 páginas s.f.— Final en blanco. 423Los juristas indianos n Jorge Basadre Ayulo 14. Arviza y Ugarte, Bernardo de Nació en el Cuzco. Hizo sus estudios en el Real Colegio de San Martín de Lima y se graduó de doctor en la Universidad de San Marcos en que fue catedrático de Digesto Viejo. Fue Oidor decano de la Real Audiencia de Panamá; presentado para Obispo de Cartagena en 1746, se ordenó de sacerdote. Tomó posesión de su diócesis en el siguiente año, y gobernó hasta 1752. El 04 de setiembre de 1751 fue promovido al Obispado de Trujillo del que tomó posesión por poder del 01 de noviembre de 1752 y personalmente el 20 de enero de 1754. Murió el 20 de octubre de 1756 estando electo como Arzobispo de Charcas. Está sepultado en la Iglesia del Carmen y su cora- zón en la capilla del Sagrario de la Catedral de Trujillo. 15. Avendaño, Tomas de Parcos son los datos que poseemos respecto al Dr. Tomás de Avendaño, y fue elegido alcalde ordinario de Lima por los años de 1643. Creada la cátedra de Código por el Virrey Príncipe de Esquilache, fue proveída en esta materia el doctor Avendaño, dictándola hasta el año de 1633, en que la ocupó don Diego de León Pinelo con el carácter de sustituto.18 Ocupó también, la cátedra de Vísperas de Leyes por el año de 1624. 16. Azaña y Palacios, Juan Hijo de don Pedro Sánchez Azaña y Palacios, natural de Torrijos en España, Oidor de Charcas y de Lima, y de doña Juana de Oña Zapata. Nació en Lima y siguió los estudios 18 Apendix al / informe de Don / Rodrigo de Esquivel / Cazeres, Cavallero del Orden / de Santiago; sobre la demanda qve le ha / puesto la Señora Doña Antonia Gragoria / de Esquivel sv hermana, que dize de nv.lidad de la segvnda transacción que / celebraron en esta civdad, en la exe-/cución de dos sentencias de vista y / revista, pronunciadas en esta / Real Audiencia./ En que la dicha / Señora estaba condenada / a aver de observar la primera / transacción, hecha en la cuidad del Cvzco por Don Rodrigo de / Esquivel sv. / padre, y Andrés Pérez de Castro, en / nombre del dicho Don Rodrigo de / Esquivel, Cazeres, y en la virtud / de sv poder. Fol.— Port.-v. en bl.— Texto, Hojas 2 — 19.— Sus- crito por el Doctor Tomás de Avendaño: José Toribio de Medina, La Imprenta en Lima, tomo III, p. 446. El pleyti qve sigve / Doña Antonia Gregoria de la Cueua con don / Rodrigo de Esquibel su hermano, sobre la diuisión y partición de los bienes de don Rodrigo / de Esquibel su padre, contiene los / puntos siguientes. Fol.— 58 Hojas Fol.: José Toribio de Medina, La Imprenta en Lima, tomo III, p. 447. Por / los Cvras / Rectores de la Santa / Iglesia Catedral desta ciudad, en el artículo / de nulidad opuesta a los autos pronunciados / por el Real Acuerdo de justicia, a pedimento / de los Re- ligiosos Dotrineros del pueblo de / Surco, y la Madalena, sobre las primicias. / Suplico a V. m. haga reparo de lo siguien-/te, en orden de declarar por nulos los autos de / amparo que obtuvieron contra los dichos Cu-/ras, por dezir que estando en quieta y pacífica / posesión de cobrar las dichas pri-/cias, fueron violentamente des-/pojados de ellas. Fol.— 5 Hojas s. f., con el v. del última en bl.— Suscrita por el doctor D. Tomás de Avendaño.— sin fecha (siglo XVII): José Toribio de Medina, La Imprenta en Lima, tomo III, p. 447. 424 Derecho, instituciones y procesos históricos de Jurisprudencia, recibiéndose de abogado en la Real Audiencia de Los Reyes. Fue Miembro de la Orden de Santiago y Oidor de la Audiencia de Charcas. 17. Azaña y Palacios, Miguel de Hermano del anterior, hizo sus estudios en el Real y Mayor de San Felipe, donde obtuvo una beca de la que tomó posesión en 27 de marzo de 1711. Se recibió de abogado y fué Consiliario de la Universidad de San Marcos. Fue regidor del Cabildo de Lima y Juez de Aguas. Miguel Azaña estuvo casado con doña Manuela Maldonado.